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  • Seguros Generales

    Los seguros generales amparan los daños o perjuicios económicos que sufre el asegurado, afectando directa o indirectamente su integridad patrimonial. Hay situaciones que no se pueden controlar, sea por el estilo  de vida o por el trabajo que se desempeña,  pues los seguros generales tienen cobertura dedicados a salvaguardar los bienes materiales y patrimonios de los ciudadanos afiliados a las compañías de seguros, las cuales les garantizan resguardo y soporte en caso de siniestros, y el afiliado debe pagar una cuota prima para conservarlo.


    Exequias

    Sabemos que la pérdida de un ser querido es un momento muy difícil y es importante que no te preocupes por cuestiones económicas. Con nosotros podrás adquirir un Seguro con los mejores respaldos donde se garantice los gastos necesarios al momento de tener esa eventualidad.

    Enfermedades Graves

    Pacific Asesores en Seguros Ltda te brinda la posibilidad de asegurar tu futuro, el monto de cobertura lo puedes elegir tú, para que estés protegido a cada momento de la vida. En caso de conocer y ser diagnosticado con una enfermedad grave, te ofrecemos tranquilidad y estabilidad en tu recuperación sin que afecte tu calidad de vida ni la de tu familia.

    Es importante informar que cada una de las Compañías de Seguros manejan un listado de las enfermedades cubiertas y adicional se debe cumplir con las políticas de suscripción y criterios de evaluación médica establecidos por cada compañía.

    Por fin encontraste lo que tanto estabas buscando, no dudes en dejarnos tus datos para poderte contactar y ayudar.

    Seguros de Salud

    Sabemos que contar con un plan de Salud es indispensable para permanecer tranquilo a cada instante de tu vida. Te invitamos a que registres tus datos y pronto unos de nuestros asesores te contactará para guiarte y asesorarte de acuerdo a tus necesidades. Con nuestras Aseguradoras aliadas podremos encontrar diferentes servicios donde podrá complementar tu Plan Obligatorio en caso de presentarse una enfermedad o un accidente, entre otras coberturas a nivel nacional. Seguros Generales también te podrá asesorar en caso de que necesites un Seguro y/o Asistencia Médica internacional.

    Administración de Riesgos Laborales - ARL

    Es el “Conjunto de entidades públicas y privadas, normas y procedimientos, destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores de los efectos de las enfermedades y los accidentes que pueden ocurrirles con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan” ( Art. 1 del 1295 de 1994).

    Principios

    • Promoción y prevención.
    • Otorgar prestaciones económicas y de salud a sus afiliados.
    • Identificar los riesgos de los trabajadores en sus ocupaciones.

    Danos la oportunidad y deja tus datos, para agendar una cita cuanto antes y poder informar todas las coberturas, ventajas y beneficios que tiene el producto y el riesgo de no contar con un buen respaldo.

    • Objetivos
    • Prestaciones Económicas
    • Clases de riesgos
    1. a) Establecer las actividades de promoción y prevención tendientes a mejorar las condiciones de trabajo y salud de la población trabajadora, protegiéndola contra los riesgos derivados de la organización del trabajo que pueden afectar la salud individual o colectiva en los lugares de trabajo, incluyendo los riesgos físicos, químicos, biológicos, ergonómicos, psicosociales, de saneamiento y de seguridad.
    2. b) Fijar las prestaciones de atención de la salud de los trabajadores y las prestaciones económicas por la incapacidad temporal a que haya lugar frente a las contingencias del accidente de trabajo y la enfermedad laboral.
    3. c) Reconocer y pagar a los afiliados las prestaciones económicas por incapacidad permanente parcial o invalidez, que se deriven de las contingencias del accidente de trabajo o enfermedad laboral y la muerte de origen laboral.
    4. d) Fortalecer las actividades tendientes a establecer el origen de los accidentes de trabajo y las enfermedades laborales y el control de los agentes de riesgos ocupacionales (Art. 2 -Decreto Ley 1295/94 y 1°de la Ley 776 de 2002)